Glosario jurídico de daños corporales
Glosario jurídico
Accidente: Suceso imprevisible e inesperado que ocurre sin intención y causa lesiones corporales o daños materiales.
Ad litem o Tutor Ad Litem: La persona designada por el tribunal para proteger los intereses de un menor en un caso de lesiones personales o divorcio.
Adjudicar: Conocer y resolver un caso, conflicto o litigio a través del sistema judicial.
Declaración jurada: Declaración escrita de hechos que se confirma mediante juramento ante un tribunal, un notario público u otro funcionario.
Arbitraje: Forma alternativa de resolución de conflictos que permite a las partes evitar un proceso judicial y llevar un litigio ante un árbitro o tercero neutral. El árbitro actúa como un juez al escuchar las pruebas y tomar una decisión. Es diferente de la mediación, en la que un tercero trabaja con las partes en litigio para facilitar un resultado aceptable.
Asunción de riesgo: En un caso de lesiones, alegación del demandado de que la persona lesionada debería haber conocido el peligro de resultar lesionada en la situación en cuestión.
Laudo: La decisión final en un caso, por un árbitro o comisario.
Incumplimiento: Incumplimiento de una obligación.
Carga de la prueba (demandante): El nivel de prueba que un demandante debe establecer de que las acciones del demandado causaron con mayor probabilidad que no las lesiones del demandante (véase preponderancia de la prueba).
Causalidad: Relación entre una acción y un resultado (véase causa próxima).
Reclamación: Solicitud a una compañía de seguros del pago de una póliza; o, en un procedimiento judicial, la presentación de una demanda para hacer valer un derecho previsto por la ley, como una indemnización.
Reclamante: Persona que solicita un pago a una compañía de seguros o en un asunto judicial.
Liquidador de siniestros: Representante de la compañía de seguros responsable de investigar las reclamaciones y aprobar el pago de los daños, incluidos los planes de tratamiento médico.
Demanda colectiva: Demanda interpuesta por un grupo de personas que han sido perjudicadas de la misma manera por una entidad singular.
Negligencia Comparativa/Contributiva: En un caso de lesiones por accidente en el que ambas partes son parcialmente culpables, la negligencia comparativa o contributiva es el proceso que el tribunal utiliza para determinar el nivel de responsabilidad de cada parte, y cómo se distribuirá la compensación.
Indemnización: En un caso de lesiones personales, el dinero que se paga al demandante o demandantes tras ganar un caso de lesiones.
Lesión indemnizable: En una reclamación de indemnización por accidente de trabajo, una lesión derivada del empleo, y en el curso del trabajo del empleado, a la que éste tiene derecho a percibir una indemnización.
Indemnización compensatoria: La cantidad de dinero que uno puede recuperar como pago por lesiones o pérdidas económicas.
Demanda: Documento oficial que el demandante presenta ante el tribunal para iniciar una demanda; la demanda enumera los agravios del demandante, sus demandas y la base jurídica de la reclamación.
Honorarios condicionales: Acuerdo entre el perjudicado y su abogado por el que éste no cobrará hasta que se gane el caso o a menos que se gane; esto permite al demandante contratar a un abogado sin pagar honorarios de anticipo.
Demanda reconvencional: Demanda presentada por un demandado para reclamar daños y perjuicios al demandante que le ha demandado.
Daños y perjuicios: Pago monetario que un demandante pretende recibir en un pleito: los daños pueden ser económicos (pérdidas cuantificables como gastos médicos, salarios perdidos, daños materiales, etc. – véase daños pecuniarios) o no pecuniarios (dolor y sufrimiento, deterioro físico o desfiguración, pérdida de sociedad y compañía, etc.).
Deducible: La cantidad de dinero que el asegurado debe pagar para su reclamación, según lo especificado en su póliza de seguros.
Demandado: La persona demandada en una causa civil, supuestamente responsable de las lesiones del demandante.
Declaración: Proceso oral previo al juicio para que un testigo preste declaración jurada en un caso judicial.
Conducción distraída: Conducir prestando atención a otra cosa, como enviar mensajes de texto, comer, maquillarse, buscar direcciones, ajustar el equipo de música, etc.
DUI, o Conducir Bajo la Influencia: Conducir con una tasa de alcoholemia de 0,08 o bajo los efectos de drogas (incluida la marihuana) o alcohol.
Deber de diligencia: El supuesto de que todos tenemos el deber de no causar daño a los demás; si una persona normal, en las mismas condiciones, viera que un acto (u omisión) podría lesionar a otra persona, puede ser responsable de esa acción (u omisión).
Pruebas: Cualquier tipo de información presentada en un juicio para probar o refutar una reclamación legal, incluidos elementos materiales, documentos, testimonios de expertos y declaraciones de testigos.
HIPPA: La Ley de Portabilidad y Responsabilidad de los Seguros Sanitarios de 1996 es la ley federal estadounidense que establece normas nacionales para la privacidad y seguridad de la información sanitaria personal.
Indemnización: Obligación de indemnizar (normalmente con dinero) por una pérdida, lesión o daño.
Sentencia: La decisión en un caso judicial.
Responsabilidad civil: Responsabilidad legal por las acciones u omisiones de una persona; o la carga de la culpa por una parte que se considera responsable de lesiones o daños a otra persona.
Embargo: Reclamación legal contra la propiedad de una persona como garantía del pago de una deuda o cantidad adeudada. En un caso de lesiones personales, ciertos acreedores (por ejemplo, proveedores médicos o instituciones financieras que proporcionaron un anticipo en efectivo) pueden embargar una indemnización por lesiones personales por facturas o deudas que deban pagarse con ese importe.
Litigio: Una demanda o cualquier acción que utilice el sistema judicial para resolver un asunto legal.
Siniestro: Valor monetario de las lesiones o daños sufridos por una persona en un accidente causado por negligencia ajena. Las pérdidas pueden ser económicas (gastos médicos, daños materiales) o no económicas (dolor y sufrimiento) e incluyen cosas como pérdida de ingresos pasados y futuros, atención médica futura, etc.
Pérdida de consorcio: Una forma de daños no económicos para compensar a un cónyuge/pareja doméstica superviviente por la pérdida de afecto, compañía, apoyo emocional, amor, relaciones sexuales y ayuda con deberes como el cuidado de los hijos y las tareas domésticas que la persona ha perdido debido a la negligencia del demandado.
Malversación: Hacer mal intencionadamente o hacer algo que no se debería haber hecho. (No debe confundirse con la prevaricación, que consiste en hacer algo indebidamente o por descuido; ni con la no prevaricación, el incumplimiento de un deber legal).
Mala praxis: Conducta que no se ajusta a las normas profesionales y provoca un daño demostrable a un cliente o paciente.
Mediación: Proceso voluntario, confidencial e informal en el que un tercero neutral ayuda a resolver un litigio para facilitar un resultado aceptable sin llegar a juicio. Esto es diferente del arbitraje, en el que las dos partes presentan una disputa legal ante un árbitro, que no participa en la discusión, sino que actúa como juez al escuchar las pruebas y tomar una decisión.
Mala conducta: Hacer algo lícito de forma indebida o descuidada con un resultado desafortunado. (No debe confundirse con la prevaricación, que es la mala acción intencionada; ni con la no prevaricación, el incumplimiento de un deber legal).
Negligencia: No emplear el cuidado que una persona razonable emplearía, o que la ley exige para proteger a los demás. Para probar la negligencia en un caso de lesiones personales, un demandante debe demostrar: 1) el demandado tenía un deber de diligencia para con el demandante; 2) el demandado incumplió o violó ese deber; 3) el incumplimiento del deber por parte del demandado fue la causa próxima de la lesión del demandante, y 4) el demandante sufrió daños compensatorios.
Negociación: Discusión o proceso para llegar a un acuerdo o resolver un conflicto.
Incumplimiento: Incumplimiento de un deber o acto del que se es legalmente responsable. (No debe confundirse con la prevaricación, que es actuar mal intencionadamente; ni con la falsedad, hacer algo indebidamente o por descuido).
Gastos de bolsillo: Cualquier dinero gastado de los fondos propios del demandante que esté relacionado con las lesiones causadas por la otra parte. Puede tratarse de gastos de transporte, ayuda doméstica, gastos médicos no cubiertos por el seguro de enfermedad, como copagos, franquicias o determinados tratamientos, etc.
Dolor y sufrimiento: Daños no cuantificables como dolor físico, angustia mental, limitaciones en la actividad, cicatrices y desfiguración, acortamiento potencial de la vida, disminución de la calidad de vida, pérdida de consorcio, etc.
Daños y perjuicios pecuniarios: Pago monetario que un demandante pretende recibir en un juicio por lesiones personales para pagar pérdidas económicas o cuantificables como gastos médicos, salarios perdidos, daños materiales, etc. (véase daños y perjuicios).
Derecho de daños personales: El derecho de daños personales se refiere a situaciones en las que una persona resulta herida o muerta por la negligencia o mala acción de otra, como un accidente de automóvil, un producto defectuoso, un lugar de trabajo peligroso, negligencia médica, etc.
Demandante: La persona que presenta la demanda por lesiones personales, tratando de obtener una indemnización por las lesiones (supuestamente) causadas por el demandado.
Responsabilidad de las instalaciones: La responsabilidad o el deber de un propietario o administrador de mantener un nivel de cuidado para la seguridad de los visitantes a su propiedad, edificio o terreno; un propietario o administrador puede ser declarado responsable de la lesión de un visitante si eran conscientes de una condición peligrosa en su terreno, pero no la eliminó o advirtió adecuadamente a los visitantes del riesgo.
Preponderancia de la prueba: El nivel de evidencia para demostrar que las acciones del demandado más probable que no causaron las lesiones del demandante.
Responsabilidad por productos defectuosos: El deber de los fabricantes de productos, o de cualquier persona de la cadena de distribución del producto, incluidos diseñadores, fabricantes de componentes, instaladores, distribuidores, mayoristas y minoristas, de garantizar que los productos que comercializan son seguros para los consumidores.
Causa próxima: Acontecimiento, acción u omisión sin los cuales no se habría producido el daño.
Daños punitivos: Daños concedidos en un juicio para castigar al demandado por negligencia grave, malicia o actos fraudulentos, y para que sirvan de ejemplo para disuadir a otros de conductas similares.
Calidad de vida: Término que describe el tipo de vida que la persona lesionada tenía antes de la lesión, en comparación con la que tiene después de sus lesiones, incluidas las actividades de la vida diaria, la vida social, los deportes o las actividades recreativas, la movilidad general, las perspectivas y las esperanzas de futuro.
Quid pro quo: Término latino que significa «algo por algo», utilizado para identificar lo que cada parte espera de la otra.
Cuidado razonable: El nivel de cuidado que consideraría adecuado una persona justa y sensata, en las mismas circunstancias (véase persona razonable).
Persona razonable: Un individuo hipotético que ejerce las cualidades que nuestra sociedad necesita que las personas tengan para protegerse mutuamente; una prueba de cuidado razonable se basa en si una persona razonable actuaría, o dejaría de actuar, de la forma en que lo hizo el acusado.
Rehabilitación: El proceso médico de restablecer a una persona lesionada lo más cerca posible del estado en que se encontraba antes de la lesión.
Acuerdo: Acuerdo sobre el importe de la indemnización que la compañía de seguros pagará al perjudicado. Un acuerdo puede ser negociado por la parte perjudicada, por un abogado que trabaje en nombre de la parte perjudicada, o a través de mediación o arbitraje.
Nivel de diligencia: Nivel de diligencia que una persona razonable habría empleado en una situación similar (véase diligencia razonable).
Prescripción: La cantidad de tiempo entre la fecha de la lesión y cuando la persona lesionada todavía puede presentar una reclamación legal por daños y perjuicios.
Responsabilidad objetiva: Término jurídico que impone una mayor responsabilidad por los delitos cometidos, independientemente de quién haya tenido la culpa, e impone una mayor carga de la prueba al demandado, que debe demostrar que no es responsable. La responsabilidad objetiva suele aplicarse a los casos de productos defectuosos.
Citación judicial: Documento judicial presentado a una persona que la obliga legalmente a comparecer ante un tribunal y/o prestar testimonio o aportar pruebas en un procedimiento judicial.
Reclamación de terceros: Acción legal contra un tercero que pueda ser culpable de la lesión; en un caso de indemnización por accidente laboral, por ejemplo, puede presentarse una reclamación de terceros contra el fabricante de un producto si el empleado resultó perjudicado por un producto defectuoso.
Agravio: Acto ilícito, intencionado o no, que causa lesiones o pérdidas a otra persona, sea o no constitutivo de delito. Un «causante de daños» puede ser demandado por la vía civil y obligado a indemnizar a la víctima si pierde el caso.
Conductor sin seguro (UM) o conductor con seguro insuficiente (UIM): Conductor de un vehículo de motor que no tiene cobertura de seguro (UM), o cobertura de seguro suficiente (UIM) para pagar los daños causados por un accidente en el que él/ella tuvo la culpa.
Indemnización por accidente laboral: Seguro contratado por las empresas para cubrir los costes de las lesiones sufridas por los empleados en el trabajo.
Muerte por negligencia: Muerte causada por las acciones de otra persona, ya sean intencionadas o no (es decir, por negligencia).
Conozca a nuestros abogados
¡Contacte a las oficinas de Campos Law Group hoy!
"*" señala los campos obligatorios
Disponibles para ayudarle
Servicios jurídicos
Obtenga una consulta gratuita
Si usted o un ser querido ha sido lesionado debido a la negligencia de otra parte, Campos Law Group está listo para estar a su lado. Nuestros abogados de lesiones personales de Santa Ana ofrecen consultas gratuitas y sin compromiso para revisar su caso, responder a sus preguntas y explicarle claramente sus opciones legales. Usted merece una orientación directa y una representación sólida desde el principio.
Tratamos todos los casos sobre la base de honorarios condicionales, lo que significa que usted no paga honorarios por adelantado ni gastos legales a menos que obtengamos una indemnización en su nombre. Con una amplia experiencia representando a víctimas de lesiones en Santa Ana y el Condado de Orange, nuestro equipo tiene la habilidad, los recursos y la determinación para perseguir la recuperación máxima a la que tiene derecho bajo la ley.
Contáctenos
Obtenga una evaluación gratuita de su caso con un bufete de lesiones galardonado
"*" señala los campos obligatorios